Los tribunales han venido interpretando que las vacaciones deben disfrutarse dentro del año al que correspondan. El derecho caducaría, por tanto, el 31 de diciembre de cada año.
Dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de septiembre de 2022 que dan respuesta a cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo de lo Laboral de Alemania, han abordado la cuestión de si la prescripción del derecho a reclamar las vacaciones en dicho Estado se opone o no a la normativa de la UE.
Imagen de Freepik
En síntesis, y en línea con lo ya establecido en su sentencia de 6 de noviembre de 2018, el Tribunal europeo entiende que, cuando el empresario no ha informado, incentivado o promovido el disfrute de las vacaciones anuales retribuidas y devengadas por parte del trabajador, aquél no ostenta el derecho a oponer plazo prescriptivo alguno. choosebusinessidea.com
Interesantes resoluciones a tener en cuenta, por cuanto la doctrina resultante de las mismas es perfectamente extrapolable a nuestra legislación laboral.